La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) inició el último lunes la venta de los kits electorales para la revocatoria de autoridades regionales y municipales, y uno de los requisitos es presentar firmas de ciudadanos equivalentes al 25 % del padrón electoral del distrito, provincia o región, del cual se quiere revocar a su autoridad.
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE), organizador de la consulta ciudadana de revocatoria, hizo el cálculo de este requisito, del 25 % de adherentes del padrón electoral, y estableció que para que proceda la consulta para el gobernador regional Zósimo Cárdenas serán necesarias 249 mil 506 firmas, dado que el padrón electoral es de 998 mil 022 electores.
Firmas necesarias para revocatoria de alcaldes
En el caso de los alcaldes provinciales, las firmas necesarias para revocarlos, es la siguiente:
- Denys Mercurio Cuba Rivera, alcalde de Huancayo: 110,450 firmas válidas (número total de electores: 441,797)
- Hermenegildo Navarro Castro, alcalde de Chanchamayo: 32,167 firmas válidas (número total de electores: 128,666)
- Luis Alberto Bastidas Vásquez, alcalde de Chupaca: 12,394 firmas válidas (número total de electores: 49,576
- Wilson Vidal Escobar, alcalde de Concepción: 12,344 firmas válidas (número total de electores: 49,376
- Ángel Huamán Mucha, alcalde de Jauja: 17,732 firmas válidas (número total de electores: 70,925)
- Elio Munzon Zevallos Meza, alcalde de Junín: 4,511 firmas válidas (total de electores; 18,041)
- César Augusto Merea Tello, alcalde de Satipo: 33,667 firmas para la revocatoria (padrón electoral: 134,665)
- Fathy Jimenez Jimenez, alcalde de Tarma: 18,503 firmas necesarias (total de electores: 74,011)
- Edson Crisóstomo Ortega, alcalde de Yauli La Oroya: 7,742 firmas necesarias (padrón electoral: 30,965)
Esta cantidad de firmas necesarias fueron estipuladas por el JNE el 13 de marzo del 2023.
La consulta de revocatoria será el 8 de junio del 2025.
JNE Resolucion 33-2023 Adhe… by Huanca York Times