La ley aprobada por el Congreso de La República reconoce las prácticas pre profesionales y profesionales, realizadas por los estudiantes y egresados de las universidades e institutos, como experiencia laboral.
Se considera como experiencia laboral las prácticas efectuadas por los estudiantes o egresados por el tiempo mínimo de tres meses y máximo de 24 meses, sea en instituciones públicas o privadas, experiencia que debe ser tomada en cuenta por la empresa o entidad a la que la persona quiera postular para alcanzar un puesto laboral.
Según la norma aprobada, esta será aplicada a todas las entidades comprendidas en el Decreto Legislativo 1401, que aprueba el régimen especial que regula las modalidades formativas de servicios en el sector público, y la Ley 28518, sobre modalidades formativas laborales.
Mientras que los estudiantes que realizan prácticas preprofesionales y continúan sus prácticas profesionales en la misma institución pública o privada por un periodo no menor de tres meses, “son reconocidas de manera acumulativa como experiencia laboral”.
Los egresados de instituciones de educación superior universitaria y no universitaria en el periodo del 2019 al 2022 pueden acreditar prácticas profesionales realizadas hasta veinticuatro meses después del levantamiento del estado de emergencia sanitaria a causa del covid-19.
La iniciativa fue aprobada las Comisiones de Descentralización y Trabajo con 112 votos, cero en contra y una abstención. Posteriormente, por 109 votos a favor se exoneró de la segunda votación.