La Primera Sala Superior Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la solicitud de medida cautelar presentada por los magistrados Aldo Alejandro Vásquez Ríos y Luz Inés Tello de Ñecco y dispuso la suspensión provisional de la sanción de inhabilitación en el cargo público por 10 años, que les impuso el Congreso de la República, el pasado 8 de marzo de 2024.
Por tanto, los jueces constitucionales ordenaron la inmediata reposición de Aldo Vásquez Ríos e Inés Tello en sus cargos de miembros titulares de la Junta Nacional de Justicia, hasta que se emita la resolución definitiva en última instancia en el proceso de Amparo, informó La República
Los magistrados de la Sala Constitucional consideraron en su resolución que la inhabilitación impuesta por el Congreso afectaría el principio de legalidad, toda vez que la conducta imputada a los mencionados funcionarios no se encuentra previamente tipificada en la Constitución Política del Estado, ni en el Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República.
En ambos textos normativos solo se señala, en forma general, que los altos 34 funcionarios del Estado pueden ser acusados y sancionados por infracción constitucional y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones.
Esa falta de tipificación, señalan los jueces, habría motivado que el Congreso de la República actúe de manera arbitraria e inconstitucional, “toda vez que dicha omisión ha sido utilizada por el Parlamento como justificación para subsumir en el término «infracción constitucional» cualquier tipo de conducta pasible de sanción de acuerdo a la coyuntura política y a su conveniencia”.
Asimismo, la sanción impuesta a Inés Tello y Aldo Vásquez afectaría la independencia y autonomía en el ejercicio de sus funciones como miembros de la Junta Nacional de Justicia, al imponérseles una inhabilitación por una discrepancia de criterio al resolver una materia relacionada con el autogobierno de esa institución.