La Iglesia Metodista del Perú, promotora del colegio particular Andino de Huancayo tendrá que pagar S/ 45,320.00 como sanción por haber cometido un acto de discriminación por condición económica, al impedir que una estudiante participe en la entrega de togas y la ceremonia de graduación, porque los padres de la menor mantenían una deuda con la institución educativa.
Dicha sanción fue confirmada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su resolución del 14 de febrero de 2024.
Los hechos se remontan al 16 de diciembre de 2020, día en que, según la denuncia, el colegio Andino no consideró a una de sus estudiantes en la lista de alumnos que podían recoger las togas y participar en la ceremonia de graduación virtual, pues mantenía una deuda económica.
Inicialmente, el Indecopi le impuso al colegio una sanción de 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), pero luego de apelaciones y de un recálculo metodológico, la multa quedó confirmada en 8.86 UIT.
Adicionalmente, la Iglesia Metodista fue incluida en el Registro de Infracciones y Sanciones del Indecopi.
El artículo 38° del Código de Protección y Defensa del Consumidor precisa que los proveedores no pueden establecer discriminación alguna por motivos de origen, raza, sexo, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.
María Isabel Garma Rodríguez, madre de la menor, denunció el hecho en marzo del 2021 y tres años después, el Indecopi le dio la razón.
Aquí la resolución del Indecopi:
Re0395-2024-SPC-INDECOPI: sanción al colegio andino de Huancayo by Huanca York Times on Scribd