JNE confirma vacancia del primer regidor Iván Medina y agrava la crisis política en El Tambo

El Jurado Nacional de Elecciones confirmó la vacancia del primer regidor Iván Medina, quien debía reemplazar al alcalde Julio César Llallico, también vacado hace más de un mes, pero sigue en funciones porque el ente electoral todavía no publica la resolución de su destitución.
Primer regidor de El Tambo, Iván Medina, esperaba sus credenciales para asumir la alcaldía. Ahora también fue vacado.
Percy Salomé
Percy Salomé
psalome2003@gmail.com
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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la vacancia del primer regidor de la Municipalidad Distrital de El Tambo, Iván Jhoel Medina Esquivel, quien debía asumir la alcaldía tras la salida de Julio César Llallico Colca. La decisión profundiza la crisis política del distrito porque el organismo electoral aún no publica la resolución que sustenta la vacancia del alcalde, pero ya resolvió el proceso contra quien era su sucesor inmediato.

El Pleno del JNE adoptó la decisión tras la audiencia pública del 6 de julio. En el cuadro oficial de pronunciamientos figura el expediente JNE.2026005397, correspondiente a Iván Medina, con resultado fundado, lo que confirma su vacancia como regidor.

Con este fallo, la Municipalidad de El Tambo enfrenta un escenario inédito. Julio César Llallico, apartado del cargo por decisión del Pleno del JNE, se mantiene ejerciendo como alcalde porque su resolución de vacancia permanece pendiente de publicación.

Ahora, el máximo órgano electoral también deja fuera del concejo al primer regidor que debía reemplazarlo, lo que prolonga la incertidumbre sobre quién asumirá finalmente la conducción del municipio.

La vacancia de Iván Medina

La solicitud de vacancia fue presentada por la regidora Gregoria Estela Auris Rojas, quien invocó el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades. Esa norma prohíbe que los regidores ejerzan funciones ejecutivas o administrativas, ya que su labor se limita a legislar y fiscalizar la gestión municipal.

Según la denuncia, el 27 de septiembre de 2025 Medina ingresó a la Base de Serenazgo durante la formación del personal e intervino en la organización operativa. La solicitud sostiene que exigió la exhibición de los roles de servicio, cuestionó la distribución del personal, intervino con los mandos y condicionó la salida de las patrullas, acciones que excedieron sus funciones como regidor.

La denunciante afirma, además, que esa intervención retrasó aproximadamente una hora y cinco minutos el despliegue del serenazgo, afectando el servicio de seguridad ciudadana del distrito.

La defensa

Iván Medina negó haber ejercido funciones administrativas.

En sus descargos sostuvo que acudió a la Base de Serenazgo luego de recibir denuncias de los propios trabajadores y que su presencia respondió exclusivamente a labores de fiscalización. Aseguró que nunca impartió órdenes, presentó declaraciones juradas de serenos, un acta de intervención, registros audiovisuales y citó resoluciones anteriores del propio JNE que, según afirmó, respaldaban su actuación como regidor fiscalizador.

Sin embargo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones no acogió esos argumentos y confirmó la vacancia.

Pendiente de resolución 

Aunque el sentido del fallo ya fue comunicado tras la audiencia pública, el JNE todavía no publica la resolución que desarrolla los fundamentos jurídicos de su decisión de confirmar la vacancia del regidor Iván Medina.

Por ello, aún se desconoce qué hechos consideró acreditados el Pleno para concluir que Medina ejerció funciones ejecutivas, cómo valoró las pruebas presentadas por ambas partes y cuáles fueron los criterios utilizados para diferenciar la fiscalización política del ejercicio de funciones administrativas.

En tanto, JNE lleva más de un mes sin publicar la resolución que también confirma la vacancia del alcalde Julio César Llallico, quien continúa en el ejercicio de su cargo.