Con la promulgación este viernes de la Ley N° 31352 en el diario oficial El Peruano, entra en vigencia la disposición de cremar los restos de los cabecillas terroristas que fallezcan en prisión.
“En el caso del cadáver de un interno que venía cumpliendo condena con sentencia firme por los delitos de traición a la patria o de terrorismo, en su condición de líder, cabecilla o integrante de la cúpula de organizaciones
terroristas, cuya entrega, traslado, sepelio o inhumación ponga en riesgo la seguridad nacional o el orden interno, el fiscal competente, en decisión motivada e inimpugnable, dispone su cremación, previa necropsia”, señala la norma publicada en la edición extraordinaria de El Peruano.
La norma añade que la Autoridad Sanitaria, en coordinación con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Ministerio del Interior, ejecuta lo dispuesto en un plazo máximo de veinticuatro (24) horas. La cremación se realizará en presencia de un representante del Ministerio Público, para fines de identificación y es la autoridad quien levanta el acta correspondiente.
La dispersión “en tiempo y lugar” de los restos cremados serán reservados, y estará a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. El Ministerio del Interior también apoyará asta acción.
Ley que establece el destino final de cadáveres de internos por terrorismo by Portal Central on Scribd
La iniciativa, que modifica la Ley General de Salud, fue aprobada el jueves en el Pleno del Congreso de la República, tras la sustentación de su contenido por la presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso, Gladys Echaíz (APP).
Segú la parlamentaria, el objetivo de esta iniciativa es evitar alteraciones del orden público y amenazas a la seguridad nacional tras la muerte de cabecillas de organizaciones terroristas, que purgan condena.
Esta norma permitirá la cremación de los restos del cabecilla de Sendero Luminoso, Abimael Guzmán, muerto hace seis días, mientras cumplía prisión en la Base Naval del Callao.