Aprueban Ordenanza para uso de lengua de señas y sistema braille en Municipalidad de Huancayo

La norma dispone implementar lengua de señas y sistema braille en los medios oficiales, redes sociales, biblioteca municipal y demás áreas de la Municipalidad de Huancayo, y garantizar el presupuesto necesario.
Municipalidad de Huancayo aprueba obligatoriedad de uso de la lengua se señas en sus dependencias.
Percy Salomé
Percy Salomé
psalome2003@gmail.com
Share on facebook
Share on whatsapp
Share on twitter

En la sesión ordinaria de este miércoles, el Concejo Provincial de Huancayo aprobó por unanimidad una Ordenanza que establece la implementación obligatoria de la Lengua de Señas Peruanas (LSP) y el Sistema Braille en todas las dependencias de la Municipalidad Provincial de Huancayo (MPH), sus empresas y organismos descentralizados.

La norma aprobada busca garantizar una atención inclusiva a personas con discapacidad auditiva, del habla y visual. Establece que las oficinas municipales deberán brindar servicios accesibles a través de intérpretes de lengua de señas y materiales en braille. Además, dispone la capacitación de los trabajadores ediles mediante convenios y alianzas estratégicas, para asegurar que la atención al público cumpla sea inclusiva.

La ordenanza también señala que las comunicaciones oficiales de la comuna, sus redes sociales, sesiones de concejo y eventos públicos deberán contar con traducción en lengua de señas. La Municipalidad de Huancayo destinará presupuesto para implementar computadoras con sistema braille en la biblioteca municipal.

La regidora proponente, Betzabeth Fabián González, lo sustentó señalando que “esta ordenanza no es un gasto, sino una inversión para que nadie se quede fuera por barreras de comunicación”.

Lo que contempla la Ordenanza:

  1. Capacitación obligatoria y masiva: A través convenios con instituciones especializadas para capacitar de forma masiva y gratuita a todo servidor público que atienda al público. 

  2. Comunicación oficial 100% accesible: La Subgerencia de Comunicaciones debe incorporar intérpretes de LSP en un recuadro visible en todas sus transmisiones en vivo por internet (sesiones de concejo, audiencias públicas) y en videos informativos. Además, deberá adaptar la página web y las redes sociales oficiales.

  3. Presupuesto garantizado: La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto deberá habilitar el financiamiento para la implementación, utilizando el 0.5% del presupuesto institucional que la Ley N° 32139 destina específicamente para acciones a favor de las personas con discapacidad. Los primeros recursos se destinarán a la adquisición de una computadora con sistema Braille para la biblioteca municipal.

La Ordenanza se fundamenta en la Ley N° 29973 (Ley General de la Persona con Discapacidad), la Ley N° 29535 (que otorga reconocimiento oficial a la LSP) y la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Perú.

La Municipalidad tiene un plazo de 180 días calendario, tras la publicación de la ordenanza, para adecuar sus procedimientos y comenzar la fase de capacitación masiva.