Corte IDH: “Jueces deben abstenerse de aplicar amnistía para militares procesados por crímenes de lesa humanidad”

La Corte Interamericana ordenó al Estado peruano que los jueces se abstengan de aplicar la Ley de Amnistía promulgada en agosto por Dina Boluarte, que busca beneficiar a militares y policías procesados por violaciones a los derechos humanos entre 1980 y 2000.
La Corte IDH resuelve que el Estado peruano debe inaplicar Ley de Amnistía
Percy Salomé
Percy Salomé
psalome2003@gmail.com
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La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolvió que el Perú debe abstenerse de aplicar la Ley N° 32419, o “Ley de Amnistía”, que beneficia a militares, policías y funcionarios procesados por violaciones a los derechos humanos entre 1980 y 2000, periodo de la violencia interna en el país.

El tribunal ratificó las medidas urgentes dictadas en julio y precisó que la norma, promulgada por Dina Boluarte el pasado 13 de agosto, no puede surtir efectos jurídicos hasta que se emita un pronunciamiento de fondo sobre su validez.

La Corte recalcó que la orden de “no innovar” obliga al Estado en su conjunto, incluidos el Poder Judicial, el Congreso, el Ejecutivo y los diversos tribunales que conozcan procesos en los que se intente aplicar la amnistía. Los jueces interamericanos enfatizaron que los operadores de justicia deben abstenerse de admitir la norma, en cumplimiento del control de convencionalidad y de las sentencias de los casos Barrios Altos y La Cantuta.

Recordemos que Dina Boluarte promulgó esta nueva Ley de Amnistía el pasado 13 de agosto, en contra de una resolución de la Corte IDH de que el Estado peruano se abstenga de continuar con el trámite de la ley, cuando recién había sido aprobada por el Cogresso  

La Corte también recordó que continúan vigentes las medidas provisionales dictadas el 1 de julio de 2024, cuando ordenó al Perú dejar sin efecto la Ley N° 32107. Esta norma, aprobada por insistencia en el Congreso, busca declarar prescritos los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la violencia política. El tribunal reafirmó que los delitos de esta humanidad son imprescriptibles y no pueden ser amnistiados ni excluidos de responsabilidad.

Asimismo, el fallo dispuso que el Estado peruano mantenga un informe trimestral a la Corte sobre las medidas que adopte para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violaciones a los derechos humanos y sus familiares. Tanto las representantes como la Comisión Interamericana deberán presentar observaciones a esos reportes.

En su decisión, la Corte Interamericana subraya que las leyes de amnistía y prescripción contrarias a la Convención Americana carecen de efectos jurídicos

Aquí la resolución de la Corte IDH

Corte IDH ratifica orden de inaplicar ley de amnistía by Huanca York Times