El Tribunal Constitucional (TC) anuló la acusación fiscal y todo el proceso penal seguido contra Keiko Sofía Fujimori Higuchi por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal en el caso Cócteles. La decisión, adoptada por mayoría del Pleno, declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por su abogada Giulliana Loza y ordenó archivar definitivamente el expediente que impulsaba el Ministerio Público desde 2017.
El fallo, contenido en la Sentencia 185/2025, sostiene que la imputación de lavado de activos en la modalidad de receptación patrimonial carece de sustento legal porque esa figura penal se incorporó al ordenamiento jurídico peruano recién en noviembre de 2016, mediante el Decreto Legislativo 1249. Según el TC, aplicar ese tipo penal a los aportes recibidos durante las campañas de 2011 y 2016 implica una aplicación retroactiva y desfavorable de la ley penal, lo que vulnera el principio de legalidad reconocido por la Constitución.
El Tribunal también concluyó que la acusación por organización criminal no tiene sustento jurídico. En su resolución, afirma que ganar elecciones constituye una finalidad política legítima y no un propósito delictivo ni un beneficio económico ilícito. “No se puede equiparar una finalidad política como ganar elecciones con un propósito criminal”, indica el fallo emitido el 2 de octubre de 2025, peor hecho público este lunes 20 de octubre. Con ello, el colegiado descartó que la estructura del partido Fuerza Popular califique como una organización criminal.
La sentencia del TC deja sin efecto las resoluciones judiciales que rechazaron las excepciones de naturaleza de acción presentadas por la defensa de Fujimori, así como todos los actos procesales tramitados desde el inicio de las investigaciones preliminares en la Carpeta Fiscal 55-2017, acumuladas con las 80-2017 y 12-2016. La nulidad incluye la nueva acusación fiscal formulada el 2 de julio de 2025 por el fiscal José Domingo Pérez, quien había pedido 35 años de prisión para la lideresa de Fuerza Popular.
El máximo intérprete de la Constitución ordenó al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada archivar de manera definitiva el proceso. Con esta decisión, el caso Cócteles queda cerrado y sin posibilidad de reabrirse, al quedar anuladas todas las actuaciones del Ministerio Público y del Poder Judicial.
El fallo contó con votos singulares de las magistradas Hilda Pacheco Zerga y Carmen Monteagudo Valdez, y fundamentos concurrentes de Domínguez Haro, Morales Saravia y Gutiérrez Ticse.
Aquí la resolución del TC
TC anula caso Cócteles contra Keiko Fujimori by Huanca York Times