El Tribunal Constitucional (TC) programó para este jueves una audiencia en Arequipa para analizar y escuchar a las partes en la demanda competencial que presentó el Poder Ejecutivo contra la Fiscalía y el Poder Judicial con el fin de bloquear las investigaciones en curso contra Dina Boluarte. En vísperas de dicho acto, un nuevo actor entra en escena: el defensor Josué Gutiérrez envió un escrito (amicus curiae) al TC con una opinión concordante con los intereses de impunidad de la mandataria.
El amicus curiae es un escrito que envían instituciones u organizaciones especializadas en determinados procesos constitucionales, sin necesariamente formar parte. El objetivo es ofrecer insumos técnicos para que la autoridad judicial tenga un mejor criterio para resolver.
El lunes 21 de abril, Josué Gutiérrez envió un amicus curiae al TC para que sea incorporada en el expediente de la demanda competencial y la opinión es básicamente para blindar a la mandataria Dina Boluarte, en el sentido de que no podría ser investigada durante el ejercicio de su mandato.
“La inmunidad presidencial determina que el presidente de la república solo puede (ser) acusado por la eventual comisión de cuatro supuestos, conforme a lo normado en el artículo 117 de la Constitución”, se lee en el documento.
Contradicción defensorial
El amicus curiae a favor de Dina Boluarte fue elaborado por la Adjuntía de Derechos Humanos, a cargo de Carlos Fernández Millán, según consta en la firma digital del documento. Es decir, en esta ocasión el texto no fue elaborado por la oficina directamente competente para estos fines, como es la Adjuntía para Asuntos Constitucionales.
El documento, además, no hace ninguna mención a otro documento emitido por la Defensoría del Pueblo en el 2022 sobre el mismo tema. Se trata del escrito de la serie de informes de adjuntía N° 03-2022-DP/AAC.
En esta ocasión (abril del 2022), durante la gestión del exdefensor Walter Gutiérrez, la Adjuntía en Asuntos Constitucionales consideró textualmente que “la prohibición de persecución penal del presidente de la República en funciones no es absoluta”.
Además agrega que “el propio texto constitucional permite la acusación penal en determinados supuestos y, más allá de eso, no impide que se puedan realizar diligencias de investigación preliminares contra el mandatario por la posible comisión de cualquier delito”.
