El Poder Judicial desestimó un recurso de tutela de derecho que el regidor Luis Ricardo López Bastidas había presentado para cuestionar e invalidar las pruebas presentadas por la Fiscalía en la investigación que se le sigue por tocamientos indebidos a una menor de 13 años.
El abogado Frank Antonio Balbín Arteaga, defensa del regidor procesado, cuestionó la flagrancia del presunto delito de tocamientos indebidos y otros actos de connotación sexual por el que su patrocinado fue intervenido y detenido el pasado 10 de abril, porque, argumentó, no se demuestra la inmediatez del acto delictivo.
Asimismo, señaló que la detención del regidor ocurrió el 10 de abril, pero los hechos de tocamientos y otros ocurrieron el 6 de abril, es decir, cuatro días antes.
Sin embargo, el juez valoró que el investigado mantuvo conversaciones con la víctima a las 23 horas de un día antes de su detención, y le pidió fotos de sus partes íntimas.
Otro aspecto cuestionado por el abogado del regidor Luis López, es que fue la madre de la menor quien se hizo pasar por ella en las últimas conversaciones por celular, por tanto, sería ella la agraviada y no la menor de 13 años.
Pero este argumento también fue desechado por el juez, puesto que la madre de la menor intervino también a las 23 horas del 9 de abril, pocas horas antes de la detención del regidor, ocurrido al día siguiente, tras haber acordado reunirse con su víctima.
“Este juzgador considera que sí existe flagrancia delictiva y que el arresto del procesado y su detención se da mediante la figura de arresto ciudadano por existir razones plausibles que demuestra la inmediatez personal y temporal del delito de proposiciones sexuales”, concluyó el juez y declaró infundado el recurso de tutela de derecho presentado por el regidor Luis Ricardo López Bastidas.