Congreso: aprueban en mayoría dictamen de reforma constitucional que elimina la Junta Nacional de Justicia

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen de la reforma constitucional que elimina la Junta Nacional de Justicia y establece la elección de los jefes de la ONPE y el RENIEC por el Parlamento.
Comisión de Constitución aprueba reforma que elimina la JNJ
Percy Salomé
Percy Salomé
psalome2003@gmail.com
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Por 13 votos a favor, 5 en contra y 5 abstenciones, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó el dictamen de reforma constitucional que elimina la Junta Nacional de Justicia (JNJ) y la reemplaza por la Escuela Nacional de la Magistratura.

El texto, que de ser debatido en el Pleno, le da la potestad al Senado, teniendo en cuenta que el Congreso también aprobó el retorno a la bicameralidad, de elegir a los jefes de la Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), dos instituciones claves para garantizar la limpieza de las elecciones generales.

Para llegar a este acuerdo, la Comisión se reunió de manera extraordinaria, bajo la presidencia de la fujimorista Martha Moyano, quien sometió a votación el dictamen pese a los reclamos de algunos congresistas de que la convocatoria a esta sesión fue irregular, como lo sustentó el parlamentario Edgar Reymundo Mercado.  

El texto aprobado ahora debe debatido en el pleno del Congreso y necesita de 87 votos en dos legislaturas para ser aprobado, o, 66 votos y referéndum.

El jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales es nombrado por el Senado del Congreso de la República por un periodo renovable de cuatro años. Puede ser removido por el mismo órgano por falta grave con la misma votación. Está afecto a las mismas incompatibilidades previstas a los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones”, indica al Art. 182 del dictamen.

El jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es nombrado por el Senado del Congreso de la República por un periodo renovable de cuatro años. Puede ser removido por el mismo órgano por falta grave con la misma votación. Está afecto a las mismas
incompatibilidades previstas a los integrantes del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones”, señala su Art. 183.

Revisa el dictamen en cuestión

Texto Sustitutorio dictamen… by Huanca York Times