En una última resolución, la jueza Doris Cajincho Yáñez señala que el rector encargado de la Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP), César Paul Ortiz Jahn, emitió actos administrativos que obstaculizaron el cumplimiento de una sentencia que ordenaba continuar la elección de representantes docentes ante la Asamblea Universitaria.
Por ese incumplimiento, la magistrada le impuso una multa de tres unidades de referencia procesal (URP), equivalentes a S/ 1,650 y le dio cinco días adicionales para cumplir el mandato y presentar documentación que lo acredite.
Si el rector persiste en su “conducta renuente”, advirtió que remitirá el caso al Ministerio Público, que podría formular una denuncia penal y solicitar prisión preventiva.
En su resolución del 15 de octubre, la titular del Juzgado Constitucional Permanente de Huancayo sostuvo que el rector pretendía aplazar el cumplimiento de la sentencia alegando una imposibilidad que «él mismo ha generado». Para la magistrada, las decisiones administrativas de Ortiz Jahn obstaculizaron la ejecución de la orden judicial, que permanece incumplida desde junio.
La sentencia del 8 de junio dispuso que el rector nombrara excepcionalmente a los integrantes del Comité Electoral Universitario con el único propósito de continuar la elección de representantes docentes ante la Asamblea Universitaria, conforme al reglamento electoral de la universidad.
Sin embargo, el comité declaró desierto el proceso y el rector sostuvo ante el juzgado que, al agotarse su finalidad, el órgano ya no podía continuar con las elecciones. En su escrito, afirmó que «la función del Comité Electoral Universitario Transitorio había concluido» y alegó impedimentos normativos y materiales para reanudar el proceso.
La jueza rechazó esa explicación porque la sentencia ordenaba que el comité continuara con las elecciones y consideró que dar por concluida su función sin cumplir ese encargo contravenía el mandato judicial.
Las decisiones que cuestiona la jueza
Uno de los cuestionamientos se refiere a la salida del docente Jesús Tello Yance de la presidencia del Comité Electoral Universitario Transitorio (CEUT). Según la resolución, Ortiz Jahn aceptó su renuncia mediante la Resolución N.° 4477-R-2026, pese a que el artículo 8 del Reglamento General de Elecciones de la UNCP establece que «los miembros elegidos no podrán renunciar al CEU».
La magistrada también cuestionó la situación de Mauro Rodríguez Cerrón, a quien una resolución rectoral identificaba como presidente del comité. El propio rector informó que Rodríguez Cerrón tenía licencia por año sabático desde el 1 de septiembre de 2026.
Para la jueza, el rector debió prever las consecuencias de estas decisiones. La resolución señala que estos actos administrativos «obstaculizan el cumplimiento de la sentencia» y concluye que el mandato judicial sigue incumplido.
El 24 de septiembre, el juzgado ya había ordenado retrotraer el proceso electoral hasta la etapa de absolución de tachas e impugnaciones y continuar con las elecciones. Dio al rector y a los integrantes del comité un plazo de 24 horas desde la notificación física, bajo apercibimiento de imponerles una multa de tres URP.
Ortiz Jahn pidió que se dejaran sin efecto esas advertencias, pero la jueza declaró improcedente su solicitud por considerar que había mantenido una «conducta renuente». Por ello, hizo efectiva la multa que había anunciado en septiembre.
Una nueva multa y posible denuncia penal
La sanción de tres URP ya fue impuesta, aunque su cobro se tramitará cuando la resolución quede consentida o ejecutoriada. La jueza ordenó además que el rector cumpla la sentencia y lo dispuesto el 24 de septiembre en un plazo de cinco días, y que presente un informe documentado sobre las acciones adoptadas.
Si no cumple, la magistrada advirtió que remitirá copias del expediente al Ministerio Público. La resolución cita el artículo 27 del Código Procesal Constitucional, que contempla la remisión del caso a la Fiscalía cuando una sentencia que depende de varias voluntades no se cumple dentro de cinco días hábiles.
La jueza señala que el Ministerio Público podría formular una denuncia penal contra el titular de la entidad y los responsables, además de solicitar prisión preventiva.
La magistrada también advirtió que, si Ortiz Jahn mantiene su conducta, le impondrá una multa adicional de cuatro URP, equivalentes a S/ 2,200, que deberá pagar con sus propios recursos.
La jueza Cajincho emitió esta resolución un día después de que los estudiantes levantaran la toma del campus de la UNCP, tras acordar con las autoridades avanzar en la conformación de un nuevo comité electoral.
Sin embargo, la decisión del 15 de octubre no ordena expresamente crear otro comité: exige cumplir la sentencia previa y continuar la elección de representantes docentes ante la Asamblea Universitaria.

