A horas de las elecciones, juez admite amparo de candidato a Satipo y programa audiencia para noviembre

El Juzgado Civil de Satipo admitió la demanda contra la exclusión de Iván Cisneros y programó audiencia para noviembre. En paralelo, el candidato presentó una medida cautelar ante el 5.º Juzgado Constitucional de Lima para recuperar su candidatura antes del domingo.
2 octubre, 2026
Iván Cisneros, candidato a Satipo por Alianza para el Progreso, acudió al Poder Judicial para regresar a la carrera electoral.

A pocas horas de las elecciones regionales y municipales de este domingo, el Juzgado Especializado Civil de Satipo admitió a trámite el amparo presentado por el candidato de Alianza para el Progreso (APP) Iván Roger Cisneros Quispe contra las resoluciones que confirmaron su exclusión de la carrera electoral. La audiencia fue programada para el 12 de noviembre, cuando las elecciones municipales ya habrán terminado.

La decisión judicial está contenida en la Resolución N.° 3, del 30 de septiembre, emitida por el juez Johan Hosman Ortecho Gutiérrez, quien le dio un plazo de 10 días hábiles al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al Jurado Electoral Especial (JEE) de Chanchamayo para que respondan la demanda.

La admisión del proceso no devuelve a Cisneros a la contienda electoral, pues el propio juzgado precisa que admitir el amparo solo permite iniciar el proceso y no implica un pronunciamiento sobre el fondo del caso.

Pidió volver a la carrera

Cisneros presentó el amparo para cuestionar la resolución del JNE que confirmó su exclusión. En su demanda solicita que se dejen sin efecto la Resolución N.° 3971-2026-JNE y la resolución del JEE que dispuso su salida de la contienda. También pide que se ordene su reincorporación como candidato a la Alcaldía de Satipo.

El candidato también solicitó una medida cautelar urgente para que su candidatura sea restituida antes de las elecciones del 4 de octubre y para que los organismos electorales adopten las medidas necesarias para permitir su participación.

El origen de la exclusión

El JNE confirmó la exclusión de Cisneros porque consideró aplicable el artículo 34-A de la Constitución, que impide postular a quienes tienen una sentencia condenatoria en primera instancia por delito doloso. En su caso, se trata de una condena por negociación incompatible.

La defensa sostiene lo contrario. Argumenta que, una vez cerrada la etapa de inscripción de candidaturas, la exclusión debe regirse por las causales previstas en el artículo 41 del reglamento electoral, entre ellas la existencia de una condena consentida o ejecutoriada.

El JNE rechazó ese argumento y concluyó que el impedimento constitucional puede aplicarse mientras la persona mantiene la condición de candidata, incluso si la sentencia penal todavía puede ser apelada, y declaró infundado el recurso de apelación y confirmó la exclusión.

Ahora el conflicto pasó al Poder Judicial, pero la audiencia fue fijada para el 12 de noviembre, varios días después de las elecciones municipales.

Cisneros también acudió a un juzgado de Lima

En paralelo al amparo presentado en Satipo, Cisneros presentó el 30 de septiembre una solicitud de medida cautelar ante el 5.º Juzgado Constitucional de Lima, contra el JNE y al JEE de Chanchamayo.

El recurso busca el regreso de Cisneros como postulante a la Alcaldía de Satipo.

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