Jueces envían al tacho primera inhabilitación impuesta por el Congreso contra Delia Espinoza

Exfiscal aún no podrá regresar al Ministerio Público por la segunda inhabilitación exprés que aprobó el Parlamento y otra destitución ilegal decidida por la JNJ.
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Wilber Huacasi
Wilber Huacasi
Periodista especializado en política.
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La Tercera Sala Constitucional de Lima declaró inaplicable la primera inhabilitación por diez años que había aprobado en forma arbitraria el Congreso de la República en contra de la abogada y hoy decana del Colegio de Abogados de Lima, Delia Espinoza Valenzuela. La resolución se hizo pública este jueves.

Los jueces a cargo del caso también ordenaron reponer a Delia Espinoza en el cargo de fiscal suprema del Ministerio Público. Este extremo de la resolución, sin embargo, no podrá ser aplicada por ahora por otras dos barreras impuestas por el actual régimen dominado por el Congreso.

PUEDES VERDelia Espinoza: ¿qué congresistas votaron a favor de la primera inhabilitación?

Rodolfo Pérez, abogado de Delia Espinoza, explicó al Congrezoo.pe que sobre la exfiscal pesa además la segunda inhabilitación aprobada por el Parlamento, por el caso de la denuncia que formuló contra legisladores, por la norma que permite la doble percepción de dinero público de congresistas militares.

Y, adicionalmente, la Junta Nacional de Justicia (subordinada del Congreso) impuso la destitución de Delia Espinoza, por no acatar la resolución ilegal que reponía a Patricia Benavides en el Ministerio Público. En este, explicó Rodolfo Pérez, existe también una demanda de amparo en trámite, pero quedó paralizado «gracias al Tribunal Constitucional que se inmiscuyó en un proceso competencial».

A pesar de estos obstáculos, Rodolfo Pérez consideró que el fallo emitido por la Tercera Sala Constitucional de Lima es «una primera victoria del Estado de derecho y de la justicia».

Falta de motivación del Congreso

En la resolución judicial que da la razón a Delia Espinoza, los jueces hacen un listado de omisiones por parte del Congreso, en cuanto a la motivación o sustento para emitir la sanción de inhabilitación y una acción penal contra la exfiscal.

Un aspecto relevante es que, como se recuerda, el Congreso solo sancionó a Delia Espinoza y salvó a otros fiscales que estarían implicados en la emisión de la resolución que supuestamente limita los alcances de la ley 32130, en cuanto a la participación policial en los actos investigatorios. Este es el motivo de la primera inhabitación impuesta por los legisladores.

Para los jueces, esto evidencia «una grave incongruencia, afectando el debido proceso parlamentario, en la vertiente vulneración del derecho a la debida motivación».

«En el presente caso, a pesar que los demás Fiscales Supremos denunciados se encontraban en la misma situación jurídica que la demandante, no se les impuso la inhabilitación y tampoco se les declaro haber lugar a la formación de causa penal, no advirtiéndose justificación o argumento alguno en las mencionadas Resoluciones Legislativas que permitan inferir mínimamente en las razones objetivas de ese trato diferenciado, lo que evidentemente denota un trato discriminatorio y por ende la vulneración de este derecho fundamental», se lee en la resolución.

  • Informe publicado en alianza con el portal político Congrezoo.pe