El Juzgado Constitucional Permanente de Huancayo anuló las elecciones de representantes docentes ante la Asamblea Universitaria de la Universidad Nacional del Centro del Perú (UNCP) y ordenó retrotraer el proceso hasta la etapa de inscripción de listas.
La jueza Doris Cajincho Yañez declaró fundada la demanda de amparo presentada por los docentes Becquer Camayo Lapa y María Núñez Samaniego, al comprobar que las autoridades universitarias modificaron de manera irregular las reglas electorales cuando el proceso ya se encontraba en marcha.
La Sentencia 310-2026, dejó sin efecto las resoluciones de Consejo Universitario 5088, 5093 y 5098, mediante las cuales la universidad flexibilizó los impedimentos para postular a la Asamblea Universitaria. La magistrada consideró que estas modificaciones vulneraron los principios de seguridad jurídica, igualdad y legalidad que deben regir todo proceso electoral.
Según el fallo, las autoridades justificaron el cambio normativo alegando una supuesta falta de docentes habilitados para integrar la Asamblea Universitaria. Sin embargo, la jueza verificó que la propia universidad contaba con más de 190 profesores principales expeditos para postular bajo las reglas originales, por lo que descartó que existiera una necesidad real que justificara alterar los requisitos durante el desarrollo de los comicios.
La resolución judicial también anuló el acta que proclamó ganadora a la lista “Voz y Dignidad” en las elecciones realizadas el pasado 30 de marzo, dejando sin efecto los resultados del proceso cuestionado. La decisión se produce luego de varios meses de controversias internas, denuncias sobre presuntas irregularidades y protestas estudiantiles que incluso llevaron a suspender la instalación de la nueva Asamblea Universitaria.
Comité Electoral extraordinario
Para evitar un vacío institucional, la jueza ordenó al rector interino, César Paul Ortiz Jahn, designar de manera inmediata un Comité Electoral Universitario excepcional, que tendrá la responsabilidad de conducir el proceso desde la etapa de inscripción de listas y culminar las elecciones aplicando estrictamente el Reglamento General de Elecciones de 2020, sin las modificaciones posteriormente incorporadas.
El fallo dispone además la ejecución inmediata de la sentencia, independientemente de los recursos que puedan presentar las autoridades universitarias.

