El candidato N.° 1 al Senado por Junín de Ahora Nación, Amador Vilcatoma Sánchez, continuará en carrera electoral pese a no haber consignado una sentencia judicial en su Declaración Jurada de Hoja de Vida, ya que el plazo para exclusiones venció el pasado 13 de marzo.
Según el reglamento del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), 30 días antes de los comicios, las listas de candidatos se vuelven inalterables por razones logísticas y de garantía del derecho al sufragio.
“Los jurados electorales especiales podían excluir a un candidato por omitir declarar sentencias, incluso con reserva de fallo, hasta el 26 de febrero. Luego, en apelación, el JNE podía excluir hasta el 13 de marzo. Después de esa fecha ya no se tocan las listas. Pero el jurado debe aplicar una multa y trasladar el caso al Ministerio Público”, explicó el especialista en derecho electoral José Tello Alfaro a Huanca York Times.
“El JNE lo puede retirar hasta un día antes de las elecciones solo en caso de una nueva sentencia por delito doloso”, añadió el experto.
Proceder doloso
La sentencia no declarada corresponde al Quinto Juzgado Penal de Huancayo (Expediente N.° 01422-2010). En dicho proceso, el juez determinó que el ahora candidato incurrió en un “proceder doloso” al incumplir el pago de pensiones alimenticias a favor de su hija.
La resolución, emitida el 14 de enero de 2011, señala que Vilcatoma mantenía una deuda de S/ 954.52. El caso pasó a la vía penal tras el incumplimiento de los requerimientos de pago en sede civil, lo que incluso derivó en órdenes de captura para asegurar su comparecencia.
El juzgado dispuso una reserva del fallo condenatorio, imponiéndole un año de reglas de conducta, como no consumir bebidas alcohólicas y comparecer mensualmente, así como el pago de una reparación civil de S/ 200 adicionales a la deuda de alimentos.
Conocimiento tardío
El área de fiscalización del Jurado Electoral Especial (JEE) de Huancayo tomó conocimiento pleno del caso fuera del plazo de exclusiones. El 18 de marzo de 2026 recibió la información remitida por la Corte Superior de Justicia de Junín, concretamente el expediente condenatorio de Vilcatoma Sánchez.
En su informe del 21 de marzo, el fiscalizador Yerson Patiño Pérez advirtió que Vilcatoma dejó en blanco el rubro de sentencias penales en su hoja de vida, omitiendo consignar el proceso por omisión de asistencia familiar.
Multa y denuncia
Al haber vencido el plazo para excluir candidaturas, el JEE de Huancayo deberá aplicar medidas posteriores previstas en el reglamento:
- Remisión a Fiscalía: El informe recomienda trasladar el caso al Ministerio Público para que evalúe una posible investigación por presunta falsedad en declaración jurada.
- Sanción económica: El candidato y su organización política serían pasibles de multa conforme a la normativa electoral, de entre 1 y 5 UIT, dependiendo de la gravedad evaluada por el JEE.
- Anotación marginal: El JNE incorporará una observación en la hoja de vida del candidato para informar a los electores sobre la sentencia no declarada.
Hasta el cierre de esta edición, el candidato Amador Godofredo Vilcatoma Sánchez no ha emitido un pronunciamiento público sobre la omisión detectada.


